¿Puedo subir y hacer público un fichero con las notas de los alumnos?
De acuerdo con la Disposición Adicional vigésimo primera de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, “No será preciso el consentimiento de los estudiantes para la publicación de los resultados de las pruebas relacionadas con la evaluación de sus conocimientos y competencias ni de los actos que resulten necesarios para la adecuada realización y seguimiento de dicha evaluación”.
En este sentido, en Informe de 27 de junio de 2014, reiterado en Informe 441/2015, de la Agencia de Protección de Datos, la mencionada disposición debe entenderse en el sentido de que “el legislador estaría reconociendo la posibilidad de que los Centros universitarios aprecien la existencia de un interés público en el conocimiento generalizado de los resultados de las mencionadas evaluaciones que prevalecería sobre la voluntad de los alumnos y permitiría su publicación sin precisar del consentimiento de los interesados”.
Por tanto, es posible la publicación de las notas del alumnado en tablones o en su caso en el espacio Moodle, en la medida en que está relacionada con la evaluación de las asignaturas.